CONTROL FINANCIERO DE ENTIDADES LOCALES

Los cambios legales introducidos en la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, por el que se establecen funciones de control interno de su gestión económica, de los organismos autónomos y de las sociedades mercantiles, incluida la auditoría de cuentas de las entidades que se determinen aparece en el RD 424/2017, disposición cuya entrada en vigor se previó para el 1 de julio de 2018.

Todos los cambios normativos anteriormente expuestos, supone un cambio drástico en las funciones de control y fiscalización en los órganos de control de las entidades locales, los cuales deben realizar un análisis y planificación, incluyendo un plan anual de control financiero, con una adecuada identificación y evaluación de riesgos y en este sentido, nuestra empresa GARUM CONSULTORES, S.L., en su actividad de asesoramiento, auditoría y consultoría para la Administración Pública, tiene su experiencia y capacidad técnica para prestar sus servicios, fundamentalmente, en las áreas siguientes:

Elaboración de presupuestos, liquidaciones y cuentas anuales: Con sujeción rigurosa a la normativa vigente, el cumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en lo referente a los principios de estabilidad, sostenibilidad y regla de gasto,

Auditoría de cuentas de adaptadas a Normas de Auditoría Pública:

El Real Decreto 424/2017, por el que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público Local, así como la obligación de controlar la justificación de subvenciones concedidas recogidas en la Ley 38/2003 General de Subvenciones, obligan a las entidades locales a la implantación de un control financiero a posteriori o incluso mediante auditorías de cumplimiento sobre la actividad de las cuentas anuales de las sociedades mercantiles.

En estos casos, la Entidad Local podrá contratar para colaborar con el órgano interventor a firmas privadas de auditoría que deberán ajustarse a las instrucciones dictadas por el órgano interventor.

Nuestra firma tiene un equipo con suficiente cualificación profesional para toda esta tipología de trabajos:

  • Auditoría de regularidad que engloba:
    1. Auditoría financiera.
    2. Auditoría de cumplimiento
  • Auditoría Operativa:
    1. Economía y eficiencia.
    2. Eficacia.

Elaboración y seguimiento de Presupuestos y Planes de Tesorería, en cumplimiento de lo regulado en el punto 8 del artículo 16 de la Orden HAP 2015/2012.

Planes Económicos-financieros y Planes de Saneamiento: En el ámbito de lo regulado en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y de lo establecido en la Ley 39/88 R.H.L., para la realización de operaciones financieras.